PARCELA: Ya hemos nombrado a la Parcela como elemento unitario que corresponde al catastro de nuestra provincia. Ahora veremos que es.
El modo acostumbrado a nombrar porciones del terreno destinado a distintos usos, en particular los urbanos era el LOTE. Y así figuraba en los viejos títulos de propiedad por costumbre se sigue utilizando aunque sean de planos recientes.
Antes de la promulgación de la ley 4331, las designaciones de estos eran realizadas en forma anárquica y provocaba inconvenientes en la ubicación de los mismos.
Pero con el ordenamiento catastral, y el dictado de normas precisas respecto a la nomenclatura catastral, siendo la dirección de catastro la encargada de su imposición y mantenimiento, imponiéndose la designación de parcela, sin invalidar a la anterior, que seguirá en carácter de elemento del titulo.
Podemos decir que:” parcela es una porción del terreno cerrada por una poligonal, deslindad por uno o más títulos, o plano que los modifique”.
CEDULAS CATASTRALES:
Los bienes inmuebles en la Provincia de Buenos Aires, se inventarían en la DIRECCIÓN DE CATASTRO TERRITORIAL dependiente del Ministerio de Economía.
Siendo e elemento fundamental que constituye el catastro “la cedula catastral”, también denominada ficha catastral, por ser parte del fichero.
La ley dice: “La cedula catastral: en tal carácter debe consignar la suma de los elementos físicos, jurídicos y económicos que concurren a la individualización parcelaria, de acuerdo con el criterio adoptado por esta ley”.
Reseñando: la provincia esta dividida en partidos a los cuales le corresponde un código.,
Se encuentran divididos en doce zonas, las cual utiliza el catastro para identificar las oficinas que atiende el régimen catastral. Estas zonas Ia, IIa,……XII a.
Como los partidos son de gran superficie, se dividen primero en circunscripciones, estas en secciones, puede haber chacras y quintas, o fracciones. Finalmente manzanas y parcelas. Las parcelas cuando son sometidas a l régimen de propiedad horizontal, se dividen en subparcelas.
La circunscripción se identifica con números romanos, las secciones con letras mayúsculas de imprenta y finalmente las chacras, manzanas, y parcelas y subparcelas, con números arábigos.
Los bienes situados en zonas rurales y subrurales, deben estar designados por circunscripción, sección rural, y parcela. Puede haber chacra y parcela de chacra, según el tipo de fraccionamiento de que se trate.
En las zonas urbanas (ciudades, pueblos, etc. Cuyas manzanas tienen hasta 1,5 ha.) y suburbanas (cuando sus macizos tienen hasta 12 ha. ) sus elementos de nomenclatura catastral son : Partido, circunscripción , Sección, (puede haber quinta) .manzana y parcela. Luego de la sección puede haber fracción.
Cuando las manzanas surgen de la división de quintas o chacras que ya poseían nomenclatura catastral, es necesario dejar indicado a que quinta o chacra pertenecía.
Ejemplo: originalmente: Circ. II Chacra 2. Posteriormente: Circ. II Chacra 2 , Manz. 2b
Esto es porque podrid existir la Manz. 2 b, de la subdivisión de la manzana 2 en 2ª y 2b.
Debe corresponderse siempre, en cualquier elemento de trabajo (planos, declaración Jurada, Certificado, etc.) “el partido” a la nomenclatura catastral pues sino podría llevar a confusiones dado que se repiten en los diversos partidos.
En base al partido en donde se encuentra el bien en donde vamos a actuar, se determina la zona, de allí a las cedulas ubicada en primer termino la Circ. I, Secc.A, Manz 1, parcela l, continuando por la parcela 2,…etc. Hasta completar la manzana., luego la manzana 2 y así sucesivamente.
Para cada manzana, se encuentra un plano catastral, en escala 1: 500 generalmente,  donde figuran esquemáticamente los fraccionamientos de dicha manzana. Dentro de cada una de las parcelas se indican sus medidas lineales y nomenclatura catastral y de titulo ( si difieren). Además se consigna el número de plano que modifica su estado parcelario, con indicación de las parcelas que afecta.
En cada cedula catastral podemos recoger la siguiente información:
-          Partido y su código.
-          Nomenclatura catastral y de titulo.
-          Calle y número (para urbana edificada).
-          Titular, o titulares, en caso de condominio.
-          Número de partida (o sus sinónimos: padrón inmobiliario, o Nro de guía, o nro de cuenta corriente). Siendo el segundo numero en importancia para la identificación parcelaria.
-          Transmitente: propietario anterior, fecha de transmisión, tipo de transmisión (venta, venta de parte indivisa, declaratoria de herederos, etc.). forma de pagó, algunas veces monto de la venta (aclarando si fuera con otros bienes).
-          Inscripción en el registro de la propiedad de la transmisión del bien.
-          Medidas lineales y de superficie.(con aclaración si provienen de plano, titulo o según catastro).
-          Linderos según titulo, los linderos de catastro se determinan claramente en el plano de manzana que antecede a las cedulas.
-          Plano origen de la parcela, su numero o donde puede ser hallado.
-          Cuando por cualquier motivo un bien es afectado por un plano, expediente o cualquier actuación , inmediatamente la cedula es “trabada” esto quiere indicar que en ella se deja constancia del hecho con el numero de plano, expediente que corresponda, de modo que se pueda recurrir a este elemento en caso de ser necesario, para una mayor información.
 
En general , cuando un profesional se aboca a la confección de un plano ( ya sea de mensura, fraccionamiento, unificación , usucupación , etc.) , debe extraer de catastro las siguiente información:
a) nomenclatura catastral.
b) Número de partida.
c) linderos según catastro.
d) inscripción en el registro de la propiedad.
Estos cuatro elelmentos figuraran obligatoriamente en el plano de ejecución. el último indicado es el que nos permitirá solicitar en el registro de la Provincia, la información fehaciente jurídica del bien, del actuante si bien no se tiene acceso directo mas a los protocolos, nos permite solicitar unas copia esa información.
Resulta fundamental actuar de esta manera ya podrían haberse deslizado errores que la invalidan.
Además de alguna otra información posterior que modifique, corrija o complemente lo allí expresado.
Existen otras cedulas que son:
Cedulas Provisorias: se utilizan cuando, habiéndose aprobado y protocolizado ene. Registro un plano de fraccionamiento, aun no se ha operado la transferencia de dominio.
Cedulas de origen de fraccionamiento (s/ley 13.512.-):
Cedulas de origen de Propiedad Horizontal
 
Nomenclatura catastral:
Enunciaremos sintéticamente sus normas mas generales:
1) manzana quintas y chacras: se enumeran partiendo del norte, de izquierda a derecha en escalones de arriba hacia abajo.
2) Parcelas urbanas: partiendo siempre del norte en el sentido de las agujas del reloj.
 

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